Carta Orgánica de Neuquén: cuántos concejales hay, cómo se elige al intendente y qué puede hacer el Concejo Deliberante

Guía para entender cómo se gobierna la ciudad más poblada de la Patagonia: la Ley 2129, la enmienda de 2021 que eliminó el medio término, las 18 bancas, los dos tercios y las herramientas del vecino.

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Santiago Montórfano
Santiago Montórfanohttps://neuquen21.com.ar
Neuquino. Politólogo recibido en la Universidad de Buenos Aires (UBA). Conductor, productor y columnista político en medios de comunicación (Radio, TV y Prensa escrita). Creador del diario digital neuquen21.com.ar Un magazine digital dedicado a publicar las noticias más relevantes de la Provincia de Neuquén.

Neuquén capital es la ciudad más poblada de la Patagonia y tiene reglas de juego propias. Están escritas en la Carta Orgánica de Neuquén, una suerte de constitución municipal que define cómo se elige al intendente, cuántos concejales hay y qué puede hacer el Concejo Deliberante. La sancionó una Convención Municipal en marzo de 1995 y la Legislatura provincial le dio fuerza de ley con la Ley 2129. Desde entonces tuvo una sola modificación, aprobada por referéndum en octubre de 2021. Esta guía resume lo que conviene saber antes de cada elección y de cada sesión polémica.

Qué es la Carta Orgánica y por qué la ciudad tiene la suya

La Constitución provincial reconoce la autonomía de los municipios de primera categoría. Por eso la capital puede darse su propia norma fundamental, en lugar de regirse por la ley orgánica general. El texto tiene un preámbulo, 175 artículos y ocho disposiciones transitorias, según la versión publicada en el Digesto Municipal. Organiza el gobierno en un Departamento Ejecutivo, a cargo del intendente, y un Concejo Deliberante que legisla y controla.

Concejales sentados en sus bancas durante una sesión del Concejo Deliberante de Neuquén
Una sesión del Concejo Deliberante de Neuquén. Para insistir con una ordenanza vetada hacen falta dos tercios: doce de los 18 concejales.

Cambiarla no es sencillo. Una reforma integral exige convocar a una nueva Convención. Las enmiendas puntuales, en cambio, tienen un camino más corto: dos tercios del total del Concejo y, después, un referéndum obligatorio. Ese fue el mecanismo que se usó en 2021, la única vez que la ciudad tocó su carta desde 1995.

¿Cómo se elige al intendente de Neuquén?

El intendente se vota en forma directa y gana quien obtiene la mayor cantidad de votos válidos. No hay balotaje: alcanza con la simple mayoría, aunque sea por un voto. El mandato dura cuatro años y admite una sola reelección inmediata. Para volver a competir por el cargo, después hay que dejar pasar un período completo. Si el intendente se postula a otro cargo, debe pedir licencia mientras dura la campaña.

Los requisitos para ser candidato son pocos y claros:

  • Ser ciudadano argentino.
  • Tener como mínimo 30 años.
  • Acreditar cinco años de residencia continua e inmediata en el municipio.

La regla de la reelección tiene una consecuencia concreta para la política local. Mariano Gaido fue electo intendente en 2019 y reelecto en abril de 2023. Por eso la Carta Orgánica le impide buscar un tercer mandato consecutivo en 2027. También prevé que los candidatos a intendente que pierdan puedan encabezar la lista de concejales de su espacio, si esa lista consigue bancas.

¿Cuántos concejales tiene Neuquén capital y cuánto duran?

El Concejo Deliberante tiene 18 concejales. El texto original fijaba 17 bancas y una escala para sumar más a medida que creciera la población. La enmienda de 2021 dejó ese número congelado en 18. Cada concejal dura cuatro años y puede ser reelecto por un período inmediato, igual que el intendente.

El cambio más visible para el votante fue el fin de las elecciones de medio término. Hasta 2021 el cuerpo se renovaba por mitades cada dos años. Ahora las 18 bancas se eligen todas juntas, en la misma elección en que se vota al intendente, según detalla la Municipalidad de Neuquén. La última renovación parcial fue la del 24 de octubre de 2021. Desde 2023, el Concejo se integra completo cada cuatro años.

Las bancas se reparten por sistema proporcional entre las listas. En la elección de 2023, por ejemplo, el MPN obtuvo seis concejales, Cumplir cinco, el PRO y el Frente de Izquierda dos cada uno, y Confluencia Neuquina, Comunidad y el Frente de Todos uno cada uno. Esa composición original de siete fuerzas se fue fragmentando con el correr del mandato: en 2026 el cuerpo funcionaba con doce bloques.

Para ser concejal hace falta ser ciudadano argentino y tener cinco años de residencia continua en la ciudad. Hay además una regla de asistencia poco conocida: quien falte sin justificación al 20% de las sesiones de un período ordinario pierde la banca. Si una banca queda vacante, la ocupa quien sigue en la lista del mismo partido. La enmienda agregó que ese reemplazo debe respetar la paridad de género.

Qué cambió la enmienda de 2021

La modificación nació de una ordenanza que el Concejo aprobó en junio de 2021 con los dos tercios exigidos. Después pasó por un referéndum, el primero de este tipo en la capital, el 24 de octubre de 2021. Para que valiera, tenía que votar más de la mitad del padrón y ganar la mayoría simple. El «Sí» se impuso con el 65,88% de los votos, de acuerdo con el escrutinio definitivo que difundió el municipio.

La enmienda tocó once artículos. Fijó el nombre oficial de la ciudad, el escudo y la bandera. Unificó los mandatos y eliminó el medio término. Incorporó la paridad y la perspectiva de discapacidad en varios pasajes. También acortó de seis a cuatro años el mandato de los jueces de faltas, los síndicos y el Defensor del Pueblo, con posibilidad de reelección. El argumento oficial fue económico: suspender una elección cada dos años para destinar ese dinero a obras. Un grupo de exconvencionales cuestionó la validez del procedimiento ante la Justicia, pero el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén convalidó la reforma.

Qué poder tiene el Concejo Deliberante frente al intendente

El Concejo sanciona las ordenanzas, que son las leyes de la ciudad. El intendente tiene diez días para vetarlas total o parcialmente; si no lo hace, quedan promulgadas de forma automática. Ante un veto, el cuerpo puede insistir con dos tercios del total de sus miembros. Esa mayoría agravada es el verdadero límite del Ejecutivo, porque con 18 bancas se necesitan doce votos para torcerle el brazo.

Los dos tercios aparecen también en otras decisiones de peso:

  • Concesiones de servicios o bienes por más de diez años.
  • Venta de bienes municipales.
  • Declaraciones de utilidad pública para expropiar.
  • Fijación de la remuneración del intendente.

Con mayoría absoluta, el Concejo designa a los jueces de faltas, al Defensor del Pueblo y a los síndicos, y puede convocar a referéndum. Tiene además la llave del juicio político, que alcanza al intendente, a los jueces de faltas, a los síndicos y al Defensor del Pueblo. Para eso el cuerpo se divide por sorteo en dos salas al comenzar cada año: una acusa y la otra juzga. La destitución requiere dos tercios de la sala que juzga, con voto nominal.

La conducción del cuerpo quedó más atada al Ejecutivo tras la enmienda. La presidencia y la vicepresidencia primera recaen en quienes proponga el intendente. La vicepresidencia segunda, en cambio, exige mayoría absoluta y debe ir a un concejal de otro partido. En el período 2023-2027 la presidencia la ejerce Claudia Argumero, con María Victoria Fernández como vicepresidenta primera y, desde 2026, José Luis Artaza como vicepresidente segundo. El seguimiento de esa relación de fuerzas se puede leer en la sección de política provincial y municipal.

Qué conviene saber: herramientas del vecino y órganos de control

La Carta no deja todo en manos de los electos. Cualquier vecino puede presentar un proyecto por iniciativa popular, salvo sobre impuestos y presupuesto. El 3% de los electores puede pedir un referéndum. Y la revocatoria de mandato permite remover al intendente o a un concejal por mal desempeño, con firmas del 5% del padrón, después del primer año de gestión y nunca en los últimos nueve meses. Los extranjeros con más de dos años de residencia votan en un padrón especial.

El control externo lo ejerce la Sindicatura Municipal, con tres vocales —dos contadores y un abogado— que revisan la legalidad y las cuentas del municipio. Hay también una Defensoría del Pueblo con autonomía funcional y Tribunales de Faltas cuyos jueces entran por concurso público. Quien quiera revisar el texto completo puede consultar el sitio de la Municipalidad de Neuquén, aunque conviene chequear que la versión incluya la enmienda de 2021. Con la campaña de 2027 en el horizonte, la Carta Orgánica de Neuquén vuelve a ser el manual de instrucciones: define quién puede competir, cómo se cuentan los votos y hasta dónde llega el poder de cada uno. El impacto de esas decisiones en la obra pública y los servicios de la ciudad se sigue en Energía & Sociedad.

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