Una obligación negociable es un título de deuda. La empresa toma prestado de muchos inversores a la vez y se compromete a devolver el capital con interés en un plazo pactado. Para una pyme de servicios petroleros o del Alto Valle, es el paso siguiente después de los cheques y pagarés avalados. La ON PyME CNV Garantizada apunta a empresas que ya operan con aval de una sociedad de garantía recíproca. Desde diciembre de 2025 ese instrumento se emite por el régimen de autorización automática por bajo impacto de la Comisión Nacional de Valores (CNV). El tope llega a 20 millones de UVA cuando la emisión está totalmente garantizada. Esta guía explica qué es, qué pide el organismo, quién interviene y cuánto cuesta.
¿Qué es una obligación negociable pyme y por qué emitirla en vez de pedir un préstamo?
Con un préstamo bancario la empresa negocia con una sola entidad, que fija tasa, plazo y garantías. Con una ON el financiamiento viene del mercado de capitales. Fondos comunes, compañías de seguros e inversores individuales compran el título en una subasta pública. Por eso la tasa surge de la competencia entre oferentes y no de la relación con un banco. Además, el plazo suele ser más largo, algo útil para comprar equipamiento o financiar el capital de trabajo de un contrato plurianual.

La etiqueta PyME CNV Garantizada nació en 2017. Ese año la CNV creó un régimen específico para que las pymes emitieran deuda con el respaldo de una entidad de garantía. El organismo lo difundió con la marca ON Simple: un trámite electrónico con menos requisitos que una ON convencional. La garantía la aporta una SGR, una entidad financiera o un fondo de garantía, que actúa como principal pagador. Es decir, si la pyme no paga, el inversor le cobra directamente al garante. En Neuquén, la primera empresa en usar el instrumento fue Tiser SRL, que en septiembre de 2018 colocó 100 millones de pesos para capital de trabajo.
Qué cambió en diciembre de 2025: bajo impacto y tope de 20 millones de UVA
El régimen de 2017 dejó de existir como trámite separado. La Resolución General 1095/2025 de la CNV lo unificó con el Régimen de Oferta Pública con Autorización Automática por Bajo Impacto. La norma se publicó en el Boletín Oficial el 18 de diciembre de 2025 y rige desde el día siguiente. La calificación PyME CNV Garantizada sigue vigente, pero ahora funciona como puerta de entrada a ese régimen con condiciones mejores. Según el texto oficial de la resolución, una emisión totalmente garantizada por una o más entidades de garantía puede llegar hasta 20 millones de UVA. El equivalente en pesos o dólares se calcula al tipo de cambio de referencia del Banco Central. Sin garantía, el tope del bajo impacto es de 1 millón de UVA.
Ese tope se calcula sumando las emisiones de los 12 meses anteriores. Cuando la pyme amortiza total o parcialmente una serie, puede volver a emitir hasta completar el cupo. Las ON PyME CNV Garantizadas colocadas antes del 19 de diciembre de 2025 mantienen las reglas del momento de su emisión, por una resolución complementaria de fines de ese mes. Un detalle práctico: la página de la CNV sobre el régimen garantizado todavía muestra el tope viejo de 10 millones de UVA. La referencia válida es la resolución de diciembre de 2025.
¿Qué requisitos pide la CNV para una ON PyME CNV Garantizada?
Los requisitos quedaron más livianos que los de una ON convencional, aunque la lista sigue siendo concreta. Para una ON PyME CNV Garantizada, una empresa del Alto Valle o de la cuenca tiene que cumplir estas condiciones:
- Calificar como pyme según la CNV, con el Certificado MiPyME vigente de la Secretaría PyME.
- Contar con garantía total de una entidad habilitada por el Banco Central o por la Secretaría PyME.
- Presentar una calificación de riesgo del garante con menos de 90 días corridos al publicar el prospecto.
- Si la ON se denomina en UVA, fijar una amortización no inferior a dos años.
- Cargar la documentación por Trámites a Distancia (TAD); si falta algo, la CNV da hasta 10 días hábiles para completarla.
A cambio, la autorización de oferta pública es automática y no hay trámite previo de ingreso al régimen. La emisora no necesita un prospecto aprobado por la CNV: si lo prepara, se publica en el mercado sin revisión del organismo. Tampoco queda alcanzada por el régimen informativo periódico de las emisoras grandes. Hay dos ventajas más. Pueden comprar el título inversores no calificados sin límite de cantidad, algo vedado en el bajo impacto común. También se admite la co-garantía entre varias entidades, con el porcentaje de cada una indicado en el prospecto. Las pymes que acreditan la calificación no pagan arancel de autorización ni tasa de fiscalización, según las respuestas oficiales de la CNV.
Quién interviene: SGR, ALyC, mercado y CNV
Cuatro actores se reparten el proceso:
- La sociedad de garantía recíproca (SGR) o la entidad de garantía avala la emisión y responde ante el inversor si la pyme incumple. En Neuquén, Neuquén Pymes SGR ya otorga avales bursátiles para operar cheques, pagarés y facturas en el Mercado Argentino de Valores.
- La ALyC, el agente de liquidación y compensación, organiza la emisión. Arma los términos, presenta la documentación, busca inversores y coloca el título en la subasta.
- El mercado —Bolsas y Mercados Argentinos, el MAE o el MAV— es donde se negocia y se liquida el papel.
- La CNV registra la emisión. Desde la reforma de diciembre de 2025, son los agentes quienes deben verificar que la garante esté autorizada.
Encontrar la ALyC adecuada suele ser el primer obstáculo de una pyme regional. En Neuquén, la jornada Finanzas y Energía Norpatagónica reúne a pymes de la cuenca con agentes bursátiles, un vínculo que crece junto con la economía regional.
Paso a paso: del Certificado MiPyME a la subasta
- Obtener o renovar el Certificado MiPyME en la Secretaría PyME.
- Acordar con la SGR el aval bursátil, su comisión y el monto a garantizar.
- Elegir la ALyC organizadora y definir monto, moneda, plazo y tipo de tasa.
- Cargar la documentación por TAD; la autorización de oferta pública es automática.
- Publicar el aviso y cumplir el período de difusión en el mercado.
- Licitar el título en subasta pública y recibir los fondos en la liquidación.
- Pagar los servicios de interés y capital en las fechas fijadas.
La tasa surge de la licitación. Si es variable, la referencia habitual es BADLAR más un margen; si es fija, la define la puja. El plazo total del trámite depende sobre todo de la SGR y de la ALyC, porque la autorización de la CNV es automática. La guía de negociación de valores pyme del MAE describe la mecánica de la subasta y la difusión, aunque es anterior a la reforma de diciembre de 2025. Conviene leerla con ese filtro.
Costos, cifras y qué conviene saber
El costo financiero total no es solo la tasa de corte. Hay que sumar la comisión de la garantía, la comisión de colocación de la ALyC, los honorarios legales y contables y los gastos del mercado. La ventaja es que la CNV no cobra arancel a las pymes y que la competencia entre inversores puede bajar la tasa. Es una decisión de gestión financiera de mediano plazo.
Cuánto financiamiento consiguen las pymes en el mercado de capitales
El mercado ya mueve volumen: en 2025 el financiamiento pyme en el mercado de capitales alcanzó los US$ 10.480 millones, un 7% más que en 2024 en términos reales. En Neuquén hay 27.245 MiPyMEs registradas a diciembre de 2025 y más de 760 pymes petroleras certificadas. Sin embargo, el mercado de ON para pymes recién empieza a asomar entre las empresas de Vaca Muerta.
Qué revisar antes de emitir una ON PyME CNV Garantizada
- Chequear que el tope y los requisitos sean los de la reforma de diciembre de 2025, no los de las cartillas anteriores.
- Pedir a la SGR la calificación de riesgo actualizada antes de fijar fecha de emisión.
- Comparar la tasa esperada con el costo total: garantía más colocación más honorarios.
- Recordar que emitir en UVA obliga a un plazo mínimo de dos años.
Para la pyme que ya trabaja con aval y tiene contratos a mediano plazo, la ON PyME CNV Garantizada ordena la deuda en un solo instrumento con tasa de mercado. El próximo paso es sentarse con la SGR y con una ALyC con la resolución de diciembre de 2025 en la mano. Con el monto, el plazo y la garantía definidos, el resto del trámite corre por vías automáticas.