Revés judicial en el PJ neuquino: una lista queda fuera de la interna por graves irregularidades

El juez federal Gustavo Villanueva revocó la oficialización de la Lista 45 «Frente Peronista» para las elecciones internas del PJ de Neuquén. La decisión, basada en la falta de avales reglamentarios e ingresos de documentación fuera de término, reconfigura el escenario para la contienda del 15 de marzo, dejando la batalla entre las listas de José Asaad y Juan Domingo «Chule» Linares.

La interna del Partido Justicialista en Neuquén ha sufrido un giro drástico, con la Justicia Electoral revocando la oficialización de una de las listas que aspiraba a la conducción partidaria. Tras un pedido de impugnación por una «escandalosa denuncia por irregularidades» en el cierre de listas y una madrugada donde «pasó de todo», según el informe de dos veedores federales, el panorama para el 15 de marzo se define entre dos contendientes.

El juez federal subrogante Gustavo Villanueva, a cargo del Juzgado Federal de Neuquén N°1, hizo lugar parcialmente a la apelación presentada por el sector «Peronismo para la Victoria – Unidad Justicialista», alineado con el parrillismo. En su fallo, el magistrado revocó la oficialización de la Lista 45 “Frente Peronista” por no reunir los avales exigidos por la Carta Orgánica.

La lista afectada es la encabezada por César Godoy, dirigente de Rincón de los Sauces de la UOCRA, quien tenía aspiraciones de posicionarse como una «tercera opción» entre el kirchnerismo y los peronistas cercanos al gobernador Rolando Figueroa. De no mediar una apelación exitosa, la contienda por la presidencia del PJ provincial quedará reducida a la batalla entre José Asaad («Peronismo Territorial») y Juan Domingo «Chule» Linares («Peronismo para la Victoria»).

Irregularidades documentadas y avales insuficientes

El punto central del fallo es contundente: la Lista 45 no alcanzó el 3% de avales requeridos sobre el padrón partidario. Con un padrón de 20.091 afiliados, el piso exigido era de 603 avales válidos. Sin embargo, la documentación presentada por la Lista 45 arrojó 517 avales en soporte papel y 557 nombres en planilla Excel, cifras que quedaron por debajo del mínimo.

Además, el juez descartó la posibilidad de computar avales que, según el sector de Godoy, habían sido “cedidos” por la Lista 22 “Peronismo al Futuro”. El tribunal consideró que la «voluntad del afiliado es intransferible» y que no existe norma que habilite la cesión entre listas internas. Incluso observó que los avales de la Lista 22 no consignaban a qué lista estaban destinados.

La madrugada del 21 de febrero bajo la lupa

La resolución judicial también analiza el informe de los veedores judiciales respecto al caótico cierre de listas ocurrido en la madrugada del 21 de febrero. Del acta surge que a las 00:05 —cinco minutos después del vencimiento del plazo— se habría recibido documentación por la puerta principal de la sede partidaria. Horas más tarde, alrededor de las 6:25, se advirtió el ingreso de papeles por una ventana contigua al recinto donde sesionaba la Junta Electoral.

El juez recordó que los plazos electorales son “fatales y preclusivos” y citó jurisprudencia que equipara el cronograma electoral a un sistema de “esclusas”: una vez vencido el plazo, no puede reabrirse. En ese marco, consideró acreditado que se incorporó documentación fuera de término vinculada a la Lista 45, lo que refuerza la decisión de revocar su oficialización.

Lista 17 confirmada y advertencia a la Junta Electoral

Respecto a la Lista 17 “Peronismo Territorial”, si bien también se mencionaron irregularidades –como el ingreso de una persona con un carrito de bebé pasada la medianoche–, el tribunal entendió que no existe prueba concreta de que se haya incorporado documentación a favor de esa nómina. Por ello, rechazó la impugnación contra la Lista 17 y confirmó su oficialización.

El fallo también dio la razón a la propia Lista 10 “Peronismo para la Victoria – Unidad Justicialista” en otro punto: revocó la decisión de la Junta Electoral que no había oficializado su nómina para el Consejo Local de Mariano Moreno por no presentar la totalidad de cargos titulares. El juez sostuvo que la Carta Orgánica no exige una integración completa como condición excluyente y ordenó a la Junta emitir una nueva resolución.

Finalmente, el magistrado llamó la atención a la Junta Electoral del PJ neuquino por no haber elevado de inmediato las apelaciones, como exige la Ley de Partidos Políticos, y le recordó que deberá cumplir ese procedimiento en el futuro.

La resolución impacta de lleno en la interna del peronismo neuquino, que ya venía tensionada. Con la Lista 45 fuera de carrera —al menos en los términos actuales— y la Lista 17 confirmada, el tablero político se reconfigura a menos de dos semanas de los comicios partidarios. El fallo deja una señal clara: en materia electoral, los avales y los plazos no son una formalidad; son condición indispensable para competir.

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